A RAÍZ DE LA PUBLICACIÓN DE LA LEY NÚMERO 21.234, SU PÓLIZA DE SEGURO FRAUDE FUE MODIFICADA.

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El 29-05-2020 se publicó en el Diario Oficial la Ley número 21.234, que modifica la Ley número 20.009, y que limita la responsabilidad de los titulares o usuarios de tarjetas de pago y transacciones electrónicas en caso de extravío, hurto, robo o fraude de dichos medios de pago. Por lo tanto, los daños patrimoniales que pueda sufrir a causa de:

1) fraude en transferencias no reversables a través de su cuenta bancaria,

2) hurto, mal uso, clonación y falsificación de sus tarjetas y

3) transacciones fraudulentas por Internet con sus medios de pago,

Deberían ser asumidos por la entidad financiera responsable de la emisión del medio de pago, siempre que se haya verificado el fraude, y cumplido con los procedimientos y plazos establecidos en la nueva Ley.

 

¿Qué modificación se aplicó en la póliza del seguro fraude?

 

El primero de ellos fue la eliminar las coberturas que cubrían riesgos contemplados por la Ley número 21.234, por ejemplo, “mal uso de tarjeta como consecuencia de robo, hurto, pérdida o extravío de la tarjeta bancaria”. Lo anterior porque a partir del 25-05-2020 (fecha de publicación de la Ley) los daños patrimoniales deberán ser cubiertos por la institución que emitió el medio de pago.

 

El segundo cambio consistió en ajustar la prima (precio) que pagaba por el

producto, para que corresponda a los riesgos que continuamos cubriendo.

 

¿Qué ocurre con los riesgos que no cubre la Ley?

 

Las coberturas que se mantuvieron vigentes en su póliza continúan siendo otorgadas por BNP Paribas Cardif Seguros Generales S.A., bajo las mismas condiciones que contrató y que están establecidas en su póliza de seguros.

 

¿Cuándo se aplicó la disminución en la prima (precio) del seguro?

 

A partir del mes de junio 2020, comenzamos a cobrar la prima reajustada del seguro, salvo algunos casos excepcionales en los cuales el cambio se percibirá en julio. Esta diferencia se debe a los distintos ciclos de cobranza que existen.

 

¿Qué hacer si no está de acuerdo con el cambio?


Le recordamos que puede poner término a su seguro cuando lo estime conveniente, de acuerdo con lo establecido en la póliza y en la normativa vigente. Para hacerlo debe recurrir a los canales de comunicación indicados a continuación.

 

¿Qué hacer frente a una duda?

 

Para conocer qué debe hacer en caso de extravío, hurto, robo o fraude de sus medios de pago, le sugerimos contactar al emisor (banco, casa comercial, institución financiera, etcétera).

 

Si tiene alguna consulta relacionada con la póliza modificada, puede contactarse con BNP Paribas Cardif enviando un email a la casilla servicio.cliente@cardif.cl. También puede ingresar su consulta en nuestro formulario de contacto (clic para ingresar) En ambos casos nos debe indicar su nombre completo, RUT y la entidad financiera con quien contrato el seguro.