Rentas Vitalicias

 

¿Qué es una pensión?

Consta del derecho que tienen todos los afiliados al sistema de Afiliación de Fondo de Pensiones (AFP) a recibir un monto de dinero en modalidades distintas, de acuerdo a su situación personal, las que se describen a continuación.

 

¿Cuántos tipos de pensiones existen?

Existen 3 tipos de pensiones

  1. - Pensión de Vejez
    Derecho que tienen los afiliados al sistema de pensiones AFP, a obtener una pensión con sus fondos ahorrados durante su vida laboral. Esta pensión puede ser:

 

  • A la edad de jubilación: las mujeres pueden pensionarse  a los 60 años y los hombres a los 65 años. 
  • Jubilación Anticipada: Beneficio al que pueden optar las personas que buscan disfrutar anticipadamente de su pensión, antes de cumplir la edad legal. El trabajador debe cumplir con las siguientes condiciones:
    • Contar con al menos 10 años de afiliación en el sistema previsional.
    • Los fondos acumulados en tu AFP deben ser los suficientes para que el monto de la pensión sea igual o superior al 70% del promedio de las rentas imponibles en los últimos 10 años.
    • La pensión debe ser igual o superior al 80% de la Pensión Máxima con Aporte Solidario.

 

  1. - Pensión de Invalidez
    Beneficio al que pueden optar afiliados menores de 65 años que, a causa de una enfermedad física o intelectual, no puedan realizar sus laboresy que hayan sido declarados inválidos por la Comisión Médica de la Superintendencia de Pensiones (de manera parcial o total).

     
  2. - Pensión de Sobrevivencia
    Beneficio al que pueden optar el grupo familiar de un afiliado a la AFP fallecido en estado activo o pensionado, siempre que éstos cumplan con los requisitos legales para tal efecto.

 

¿Cuáles son las modalidades de pensión?

Al momento de pensionarte, por cualquiera de los tres tipos mencionados anteriormente, puedes elegir la forma de financiamiento y de administración de tu pensión, es decir, puedes seleccionar la modalidad.

Existen 4 opciones, las cuales son:

  1. Retiro Programado: El pago de tu pensión se realizará a través de tu AFP con cargo a tu cuenta de capitalización individual y el monto de tu pensión se calcula y actualiza todos los años en función de distintos factores. Lo anterior significa que el monto de la pensión varía cada año, disminuyendo con el tiempo. 
    En caso de fallecimiento del pensionado, el saldo remanente de su cuenta continuará pagando pensión de sobrevivencia para sus beneficiarios legales, y si éstos no existen, los fondos que eventualmente queden serán destinados a herencia.

 

  1. Renta Vitalicia Inmediata:
    Es la modalidad de pensión que contrata un afiliado con una Compañía de Seguros de Vida, obligándose ésta al pago de una renta mensual, fija en UF, al pensionado por toda su vida.  En este caso, los fondos son traspasados de la AFP a la Compañía de Seguros, quien pasará a ser dueña de los mismos, y te pagará mensualmente una pensión. Bajo esta modalidad, no existe herencia, solo pensión de sobrevivencia para los beneficiarios legales, en caso que existan fondos. 
    Una vez contratada esta modalidad es irrevocable por el afiliado, por lo que éste no puede cambiarse de Compañía de Seguros ni de modalidad de pensión.

 

  1. Renta Temporal con Renta Vitalicia Diferida:
    En esta modalidad, el afiliado contrata con una Compañía de Seguros de Vida el pago de una renta vitalicia mensual, fija en UF, a partir de una fecha futura, dejando en su cuenta individual de la AFP un saldo para una renta temporal, por el periodo que va entre la selección de esta modalidad y el inicio del pago de la renta vitalicia diferida.
    Es decir, en este caso, tu pensión será gestionada por una AFP por un periodo determinado, para luego pasar a una Renta Vitalicia gestionada por una Compañía de Seguros.

 

  1. Renta Vitalicia con Retiro Programado:
    En esta modalidad se dividen los fondos que el afiliado tiene en su cuenta individual de la AFP y contrata con ellos simultáneamente una renta vitalicia inmediata y una pensión por Retiro Programado.
    Es decir, tu pensión será distribuida entre una Renta Vitalicia de por vida y la diferencia, gestionada por tu AFP.

    A continuación, te presentamos la ventaja de elegir una Renta Vitalicia

 

Ventajas de una Renta Vitalicia por sobre un Retiro Programado

1.- Asegura una pensión de por vida

· El monto de tu pensión es fijo y quedará establecido en Unidad de Fomento (UF), por lo que no cambiará en el tiempo (no se ve afectada por la inflación u otros factores).

· Tu pensión no se recalcula anualmente (caso de la Renta Programada)

· Tendrás tu pensión a disposición para toda la vida, incluso si ésta se agota (el costo posterior lo asume la compañía de seguros).

 

2.- Mantiene tus beneficios

· Puedes mantener tu acceso al sistema de salud (Isapre o Fonasa).

· Además, puedes mantener los beneficios de la Asignación Familiar (si corresponde).

· Además, la Compañía de Seguros pagará una cuota mortuoria de UF 15 (en caso del fallecimiento del asegurado).

 

3.- Puedes contratar condiciones especiales de cobertura, como periodo garantizado.

 

 

Calendarios de Pago de Pensiones – 2020

A continuación, puedes ver las fechas de pago de pensiones para Rentas Vitalicias 2020:

 

 

¿A qué beneficios puedo acceder como pensionado de Rentas Vitalicias?

Todos los pensionados bajo la modalidad de Rentas Vitalicias pueden acceder a beneficios que entregan directamente las Compañías de Seguros o a aquellos que entrega el Estado, mediante sus  programas sociales.

Beneficios entregados por la Compañía de Seguros

1.- Cuota Mortuoria

Aporte en dinero que ayuda a solventar los gastos funerarios del afiliado al sistema de pensiones AFP (total de 15 UF)

 

2.- Periodo Garantizado

Condición especial de cobertura que se puede contratar en conjunto con tu Renta Vitalicia, que implica que si el afiliado fallece antes del término del periodo garantizado, la Compañía de Seguros le pagará a sus beneficiarios el 100% de la pensión contratada hasta el vencimiento del período garantizado (periodo de hasta 300 meses).

Al término de dicho periodo, el pago de las pensiones de sobrevivencia se efectuará en los porcentajes que establece la ley. En caso de que el afiliado no tenga beneficiarios legales, el pago de las rentas mensuales garantizadas, se efectuará a aquellas personas que el mismo afiliado haya designado, y en su defecto, a sus herederos.

Beneficios entregados por el Estado

1.- Garantía Estatal de Pensión Mínima

Es un aporte estatal para aquellos pensionados, que en este caso tengan una renta vitalicia menor a la pensión mínima vigente. Para acceder a este beneficio se deben cumplir ciertos requisitos establecidos por el gobierno en el D.L N°3.500

 

2.- Bonificación de 7% de Salud

Es un beneficio, donde se elimina la obligación de pagar la cotización del 7% de salud (monto bonificado por el Estado) y el beneficiario pueda acceder a las prestaciones de salud.

 

3.- Bono por Hijo

Dinero que el Estado entrega a las mujeres con hijos cuando éstas cumplen los 65 años de edad, depositándolo en su cuenta individual de AFP con el fin de incrementar su pensión. En caso de tener pensión de sobrevivencia y no poseer una cuenta individual en la AFP, este monto se prorratea y se agrega en el pago mensual de su pensión.

 

4.- Asignación Familiar y Maternal

Dinero que el Estado entrega a los pensionados por cada carga legal que dependan económicamente de ellos y por cónyuges que se encuentren embarazadas.  

 

5.-Aporte Previsional Solidario

Beneficio mensual, en dinero, para quienes hayan cotizado en el sistema previsional y que tengan una pensión base inferior o igual a la Pensión Máxima con Aporte Solidario. Para acceder a este beneficio se deben cumplir ciertos requisitos establecidos por el gobierno en la ley N°20.255

 

 

¿Dónde puedo encontrar más información acerca de los beneficios y de mi pensión?

Si quieres tener más información acerca de tu pensión o relacionada a las Rentas Vitalicias, te invitamos a contactarnos a nuestros distintos canales:

 

Dirección oficina:

Avenida Vitacura 2670, piso 10, Vitacura (Santiago)

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